Artículo 334
Código del Proceso Penal (2017) · Aprobado por Ley N.º 19.293 de 2014
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
(Forma de la solicitud). La solicitud de extradición será formulada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores por el representante del Estado requirente, o directamente de Gobierno a Gobierno, y deberá ser acompañada de la documentación requerida por este Código.