Artículo 31 · Competencia de urgencia
Código del Proceso Penal (2017) · Aprobado por Ley N.º 19.293 de 2014
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Competencia de urgencia).-
31.1 Los jueces de todas las materias y grados son competentes para
disponer las medidas más urgentes e impostergables solicitadas por el
Ministerio Público, cuando se hallen próximos al lugar del hecho. Si
varios jueces son competentes simultáneamente, conocerá el de mayor
jerarquía. Cumplida la actuación de urgencia, el tribunal
interviniente pondrá las actuaciones en conocimiento del naturalmente
competente.
31.2 Cualquier magistrado del Ministerio Público podrá solicitar las
medidas referidas en el numeral anterior cuando se halle próximo al
lugar del hecho, dando cuenta inmediata al fiscal naturalmente
competente. (*)
Notas
Versiones de este artículo
(Competencia de urgencia).-
31.1 Los jueces de todas las materias y grados son competentes para
disponer las medidas más urgentes e impostergables solicitadas por el
Ministerio Público, cuando se hallen próximos al lugar del hecho. Si
varios jueces son competentes simultáneamente, conocerá el de mayor
jerarquía. Cumplida la actuación de urgencia, el tribunal
interviniente pondrá las actuaciones en conocimiento del naturalmente
competente.
31.2 Cualquier magistrado del Ministerio Público podrá solicitar las
medidas referidas en el numeral anterior cuando se halle próximo al
lugar del hecho, dando cuenta inmediata al fiscal naturalmente
competente. (*)
(Competencia de urgencia).
31.1 Los jueces de todas las materias y grados son competentes para adoptar las medidas más urgentes e impostergables solicitadas por el Ministerio Público, cuando se hallen próximos al lugar del hecho. Si varios jueces concurren simultáneamente, conocerá el de mayor jerarquía. Cumplida la actuación de urgencia, el tribunal interviniente pondrá las actuaciones en conocimiento del naturalmente competente.
31.2 Cualquier magistrado del Ministerio Público podrá solicitar las medidas referidas en el numeral anterior cuando se halle próximo al lugar del hecho, dando cuenta inmediata al fiscal naturalmente competente.
SECCIÓN V
De la conexión y acumulación entre pretensiones y procesos
Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.