Saltar al contenido
Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 265 · Duración máxima de la investigación

Código del Proceso Penal (2017) · Aprobado por Ley N.º 19.293 de 2014

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

LIBRO II PROCESO DE CONOCIMIENTO › TÍTULO I - DEL PROCESO ORDINARIO EN MATERIA DE CRIMENES Y DELITOS › CAPÍTULO I - INDAGATORIA PRELIMINAR

(Duración máxima de la investigación).- La investigación no podrá extenderse por un plazo mayor de un año a contar desde la formalización de la investigación. En casos excepcionales debidamente justificados, el fiscal podrá solicitar al juez la ampliación del plazo hasta por un año más. (*)

Notas

  • Redacción dada por: Ley Nº 19.549 de 25/10/2017 artículo 23.
  • Ver en esta norma, artículos: 273 - TER y 403 (vigencia).
  • TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.293 de 19/12/2014 artículo 265.

Ver en IMPO ↗

Versiones de este artículo

Vigente Redacción vigente Ley N.º 19.549 · 25/10/2017

(Duración máxima de la investigación).- La investigación no podrá extenderse por un plazo mayor de un año a contar desde la formalización de la investigación. En casos excepcionales debidamente justificados, el fiscal podrá solicitar al juez la ampliación del plazo hasta por un año más. (*)

Anterior Texto original Ley N.º 19.293 · 09/01/2015

(Duración máxima de la investigación preliminar cuando el imputado no está privado de libertad). La investigación preliminar no podrá extenderse por un plazo mayor de un año contado desde su inicio, cuando el imputado no se encontrare privado de libertad. En casos excepcionales debidamente justificados, el fiscal podrá solicitar al juez la ampliación del plazo hasta por un año más.

Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.

← Artículo 264 Ver en la norma completa Artículo 266 →