Artículo 201
Código del Proceso Penal (2017) · Aprobado por Ley N.º 19.293 de 2014
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
(Entrega definitiva). Una vez concluida la causa penal, si en el plazo de treinta días de notificado el interesado no fueran deducidas pretensiones en sede civil sobre las cosas entregadas provisionalmente, dicha entrega se tornará definitiva.