Artículo 124
Código del Proceso Penal (2017) · Aprobado por Ley N.º 19.293 de 2014
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Efectos de la absolución).
124.1 La sentencia absolutoria ejecutoriada cierra el proceso definitiva e irrevocablemente en relación al imputado en cuyo favor se dicta.
124.2 La sentencia absolutoria ordenará cuando sea del caso, la libertad del imputado o la cesación de las medidas de coerción que se le hubieren aplicado.
124.3 Aunque la sentencia sea recurrida por el Ministerio Público, la libertad o cese de las medidas limitativas de la libertad del imputado serán cumplidas con carácter provisional.