Artículo 38
Artículo derogado. Se conserva por su valor histórico; no está vigente. Las notas indican la norma derogatoria.
Código Penal · Aprobado por Ley N.º 9.155 de 1933
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(*)
Notas
Versiones de este artículo
(*)
(El Tribunal de Honor en el delito de duelo)
Queda exento de pena el duelo que se efectúa llenándose los requisitos establecidos en la ley de 6 de agosto de 1920.
Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.