Artículo 532
Código General del Proceso · Aprobado por Ley N.º 15.982 de 1988
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
Efectos del cumplimiento.-
El cumplimiento de la medida cautelar no obliga a reconocer y ejecutar la sentencia extranjera que se dictare en el proceso en el que tal medida se hubiere dispuesto.