Artículo 386
Código General del Proceso · Aprobado por Ley N.º 15.982 de 1988
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
El remate se realizará sin base y al mejor postor, sin perjuicio de la facultad del martillero de suspenderlo por precio incompetente o manifiestamente inadecuado y sin que pueda reclamarse por quien hubiera hecho postura, la cual quedará sin efecto. (*)
Notas
Versiones de este artículo
El remate se realizará sin base y al mejor postor, sin perjuicio de la facultad del martillero de suspenderlo por precio incompetente o manifiestamente inadecuado y sin que pueda reclamarse por quien hubiera hecho postura, la cual quedará sin efecto. (*)
Agrégase al artículo 386 de la Ley N° 15.982, de 18 de octubre de 1988 (Código General del Proceso), el siguiente numeral: "386.5.- En los tribunales donde no existiere Actuario o Secretario, el estudio de títulos podrá ser realizado por un escribano público propuesto por el ejecutante, a costo del peticionante sin perjuicio de ser soportado luego por quien deba abonar las costas y costos del juicio y bajo su entera responsabilidad".
Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.