Artículo 351
Código General del Proceso · Aprobado por Ley N.º 15.982 de 1988
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
Aplicación.-
El proceso de estructura monitoria se aplicará en los casos previstos en las Secciones II y III de este Capítulo.