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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 33

Código General del Proceso · Aprobado por Ley N.º 15.982 de 1988

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

Discernimiento del cargo de tutor o curador y habilitación para comparecer en juicio.-

33.1 Cualquiera que tenga interés legítimo y el Ministerio Público, podrá pedir el nombramiento de tutor o curador para un niño, adolescente o incapaz que sea o haya de ser parte en juicio.

El petitorio se tramitará ante el Juez de la causa, de acuerdo con las disposiciones relativas a la jurisdicción voluntaria (artículo 406.2).

33.2 De la misma manera se procederá cuando corresponda la habilitación para comparecer en juicio.(*)

Notas

  • Redacción dada por: Ley Nº 19.090 de 14/06/2013 artículo 1.
  • Ver en esta norma, artículo: 406.
  • TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 15.982 de 18/10/1988 artículo 33.

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Versiones de este artículo

Vigente Redacción vigente Ley N.º 19.090 · 14/06/2013

Discernimiento del cargo de tutor o curador y habilitación para comparecer en juicio.-

33.1 Cualquiera que tenga interés legítimo y el Ministerio Público, podrá pedir el nombramiento de tutor o curador para un niño, adolescente o incapaz que sea o haya de ser parte en juicio.

El petitorio se tramitará ante el Juez de la causa, de acuerdo con las disposiciones relativas a la jurisdicción voluntaria (artículo 406.2).

33.2 De la misma manera se procederá cuando corresponda la habilitación para comparecer en juicio.(*)

Anterior Texto original Norma · 18/10/1988

Discernimiento del cargo de tutor o curador y habilitación para comparecer en juicio.-

33.1 Cualquiera que tenga interés legítimo y el Ministerio Público, podrán pedir el nombramiento de tutor o curador para un menor o incapaz que sea o haya de ser parte en juicio.

El petitorio se tramitará de acuerdo con las disposiciones relativas a la jurisdicción voluntaria.

33.2 De la misma manera se procederá cuando corresponda la habilitación para comparecer en juicio.

Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.

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