Artículo 571
Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Se considera litigioso un crédito, desde que hay demanda y contención sobre el fondo del derecho.
Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Se considera litigioso un crédito, desde que hay demanda y contención sobre el fondo del derecho.