Artículo 326
Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
El mandato acaba: 1. Por la conclusión del negocio objeto del mandato. 2. Por la revocación del mandato. 3. Por la renuncia del mandatario. 4. Por la muerte, la interdicción o el concurso formado a los bienes del
mandante o mandatario. 5. Por el casamiento de la mujer comerciante (*) que dio o recibió el
mandato, cuando el marido negase su autorización en la forma
determinada en el artículo 15.