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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 307

Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

El mandato puede ser absoluto, esto es, tal que se deje al mandatario obrar como le parezca, o limitado, prescribiéndole reglas bajo las que deba dirigirse.

Cuando en el poder se hace referencia a reglas o instrucciones especiales, se consideran estas como parte integrante de aquél.

Notas

  • CONCORDANCIA TEMATICA: Código Civil de 19/10/1994 artículo 2055.

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