Artículo 284
Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
La cláusula penal, es aquella en cuya virtud, una persona, para asegurar la ejecución de la convención, se obliga a alguna pena, en caso de falta de cumplimiento.