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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 16

Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

Cuando una mujer entra en sociedad de comercio, no goza de los derechos ni tiene las obligaciones de comerciante, salvo que se estipule expresamente, y se haga público, que tendrá parte en la gestión de los negocios sociales.

Notas

  • Ver vigencia: Ley Nº 10.783 de 18/09/1946 artículo 1.

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