Artículo 1180
Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Si el buque capturado fuese represado, hallándose todavía a bordo la tripulación, se pagarán íntegramente los sueldos.
Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Si el buque capturado fuese represado, hallándose todavía a bordo la tripulación, se pagarán íntegramente los sueldos.