Artículo 67
Código de Aguas · Aprobado por Decreto-Ley N.º 14.859 de 1978
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Las islas que se formaren en ríos y arroyos navegables o flotables pertenecerán al Estado. (*)
Código de Aguas · Aprobado por Decreto-Ley N.º 14.859 de 1978
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Las islas que se formaren en ríos y arroyos navegables o flotables pertenecerán al Estado. (*)