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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 140

Código de Aguas · Aprobado por Decreto-Ley N.º 14.859 de 1978

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

La servidumbre de estudio comprenderá el libre acceso a los predios gravados, las labores necesarias para búsqueda de aguas, la extracción de muestras de aguas superficiales y subterráneas, así como la instalación de carpas para el alojamiento de los técnicos y personal auxiliar por el tiempo indispensable para efectuar los reconocimientos y relevamientos necesarios. (*)

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 203 (vigencia).

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