Saltar al contenido
Texto Vigente al 27 · 10 · 2026

Artículo 106 · Principio

Código Aeronáutico · Aprobado por Decreto-Ley N.º 14.305 de 1974

Texto vigente al 27 de octubre de 2026

TÍTULO IX - SERVICIOS AEREOS › CAPÍTULO I - GENERALIDADES

Epígrafe según el texto original de la fuente.

(Principio).- La explotación de toda actividad comercial aérea, incluso el establecimiento de agencia o representación comercial para la venta de pasajes, requiere concesión o autorización conforme a las normas internacionales y las prescripciones de este Código y su reglamentación.

La autoridad aeronáutica establecerá las normas operativas y de control a que estarán sometidas las empresas nacionales y extranjeras. (*)

Notas

Ver en IMPO ↗

← Artículo 105 Ver en la norma completa Artículo 107 →