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Texto Vigente al 27 · 10 · 2026

Artículo 274 · Ingreso y permanencia de mercadería de libre circulación en depósito aduanero

Código Aduanero · Aprobado por Ley N.º 19.276 de 2014

Texto vigente al 27 de octubre de 2026

TÍTULO XIV DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y ESPECIALES

Epígrafe según el texto original de la fuente.

(Ingreso y permanencia de mercadería de libre circulación en depósito aduanero).- 1. El Poder Ejecutivo podrá reglamentar el régimen y las condiciones en que la mercadería de libre circulación ingresa y permanece en un depósito aduanero, con atención a lo dispuesto en el numeral siguiente. 2. En cada depósito aduanero, la mercadería de libre circulación referida en el numeral anterior podrá ser objeto de las operaciones previstas en las modalidades del régimen de depósito aduanero empleadas en el mismo.

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