Artículo 272 · Despachantes de aduana personas físicas contratados bajo relación de dependencia
Código Aduanero · Aprobado por Ley N.º 19.276 de 2014
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Despachantes de aduana personas físicas contratados bajo relación de dependencia).- El numeral 2 del artículo 21 de este Código no se aplicará a aquellas situaciones en las que se acredite que la contratación bajo relación de dependencia es preexistente a la fecha de promulgación de este Código.