Artículo 120 · Modalidades
Código Aduanero · Aprobado por Ley N.º 19.276 de 2014
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Modalidades).- El régimen de tránsito aduanero puede presentar las siguientes modalidades:
A) De una aduana de entrada a una aduana de salida.
B) De una aduana de entrada a una aduana interior.
C) De una aduana interior a una aduana de salida.
D) De una aduana interior a otra aduana interior.