Artículo 109 · Definición
Código Aduanero · Aprobado por Ley N.º 19.276 de 2014
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
(Definición).- 1. La exportación definitiva es el régimen aduanero por el cual se permite la salida del territorio aduanero, con carácter definitivo, de la mercadería de libre circulación, sujeta al pago de los tributos a la exportación, cuando corresponda, y al cumplimiento de todas las formalidades aduaneras exigibles. 2. La mercadería sometida al régimen de exportación definitiva estará sujeta a las prohibiciones o restricciones aplicables a la exportación.